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El Congreso deroga el RDL 2/2026: aspectos fiscales

13 Marzo 2026
El Congreso deroga el RDL 2/2026:

Publicada en el BOE la resolución del Congreso que ordena la derogación del Real Decreto-ley 2/2026, relativo a medidas urgentes en materia tributaria.

Tabla de contenidos

La Resolución de 26 de febrero de 2026 del Congreso de los Diputados ha acordado la derogación del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, dejando sin efecto las medidas urgentes en materia tributaria y social que habían entrado en vigor a comienzos de mes. La norma apenas ha tenido recorrido práctico. Sin embargo, durante estas semanas ha generado expectativas, decisiones y ajustes que ahora deben revisarse.

La consecuencia es clara: el marco fiscal vuelve, con carácter general, a la situación anterior a su aprobación.

Conviene analizar qué implica esto en cada ámbito

IRPF

Incentivos que dejan de aplicarse

Régimen de estimación objetiva

La prórroga de los límites de módulos para 2026 queda sin efecto. Esto supone que vuelven a operar los límites ordinarios previstos en la normativa general. En algunos casos puede implicar la salida automática del régimen si se superan los umbrales vigentes.

Será necesario comprobar cifras reales de ingresos y compras para evitar sorpresas en el próximo ejercicio.

Renuncias y revocaciones extraordinarias

El plazo excepcional habilitado para modificar renuncias o revocaciones en febrero decae con la derogación.

Las decisiones adoptadas bajo ese paraguas normativo pueden requerir análisis individualizado para determinar su validez y efectos.

Deducciones por vehículos eléctricos y eficiencia energética

Las ampliaciones temporales previstas para 2026 desaparecen.

Esto significa que, salvo nueva iniciativa legislativa, las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos o por obras de mejora energética no cuentan ya con la extensión temporal que se había anunciado.

En operaciones planificadas para este ejercicio, conviene recalcular el impacto fiscal real sin ese incentivo.

Imputación de rentas inmobiliarias

El mantenimiento del porcentaje reducido del 1,1 % deja de estar respaldado por el RDL 2/2026.

Habrá que revisar el porcentaje aplicable en función del año de revisión catastral del inmueble, conforme al régimen general. 

Impuesto sobre sociedades

Libertad de amortización que queda en suspenso

La prórroga de la libertad de amortización vinculada a energías renovables y determinados vehículos eléctricos también decae. Las inversiones previstas para 2026 deberán analizarse bajo el régimen ordinario de amortización, salvo que una futura norma restablezca el incentivo. En términos prácticos, esto afecta a la planificación de tesorería y a la proyección de resultados fiscales.

IVA

Regímenes especiales sin prórroga

La extensión de los límites del régimen simplificado y del régimen especial agrario queda sin efecto. Si se superan los umbrales ordinarios, la exclusión del régimen puede producirse con normalidad.

Asimismo, desaparecen las medidas excepcionales relacionadas con el SII y el REDEME que ofrecían cierta flexibilidad en 2026.

La gestión formal del IVA vuelve al esquema previo.

Medidas Mercantiles y Financiación Territorial

También dejan de aplicarse las previsiones relativas a la suspensión de determinadas causas societarias vinculadas a pérdidas acumuladas. En el ámbito de financiación territorial y recursos autonómicos, las modificaciones previstas quedan igualmente sin efecto.

Un elemneto clave son los efectos durante su breve vigencia

Una cuestión relevante es determinar qué ocurre con operaciones realizadas entre el 3 y el 26 de febrero. La derogación implica la pérdida de vigencia hacia el futuro, pero los actos realizados bajo la norma mientras estuvo en vigor deben analizarse con cuidado. No todas las situaciones se revierten automáticamente. La fecha concreta de cada operación adquiere especial importancia.

 

Referencia: iusTime

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